“Esto permitirá reducir las tarifas del servicio de energía eléctrica a los usuarios de Air-e en los departamentos de La Guajira, Atlántico y Magdalena”, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en un comunicado de prensa.
En su solicitud –dirigida a AES Colombia, Celsia Colombia, Enel Colombia, EPM, Isagen e ISA Intercolombia–, la Superservicios explicó que se trata de que estas empresas suministren a precios costo-eficientes la energía y la transmisión de energía que requiere Air-e para reemplazar el suministro de alto costo, hasta tanto la compañía sea estabilizada y pueda desarrollar su objeto social de manera adecuada.
En el comunicado, al referirse al principio de solidaridad, la Superintendencia recordó que el artículo 6 de la Ley 143 de 1994 establece que “el servicio se deberá prestar aun en casos de quiebra, liquidación, intervención, sustitución o terminación de contratos de las empresas responsables del mismo, sin interrupciones diferentes a las programadas por razones técnicas, fuerza mayor, caso fortuito o por las sanciones impuestas al usuario por el incumplimiento de sus obligaciones”.
En consecuencia, la entidad indicó que, bajo este principio de solidaridad, se espera que las empresas cobren sus servicios de generación y transporte a un precio máximo que no supere la condición de costo-eficiencia, hecho que reducirá la exposición que tiene Air-e a los altos precios en bolsa y en contratos.
Reiteró que esto “permitirá reducir las tarifas del servicio de energía eléctrica a los usuarios de Air-e”, afectados por el alto costo en las facturas.
Con información de la Superservicios
(Presidencia de la República)