En virtud del principio de publicidad, establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios publica las respuestas a peticiones ciudadanas que han sido devueltas por la empresa de mensajería por diferentes razones como no localización del domicilio o del remitente, datos errados de dirección, entre otras.
A continuación, se presentan los documentos devueltos con el número de radicado, nombre de quien realizó la petición o anónimo, razón de la devolución y fecha de publicación. También se dispone un filtro de búsqueda para consultar el documento de su interés ingresando opciones como el nombre, número de radicado, año y motivo de la devolución.