Tarifas
El régimen tarifario de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo es definido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, conforme a lo establecido en el Título VI - Régimen Tarifario de las Empresas de Servicios Públicos, de la Ley 142 de 1994.
La comisión determina las tarifas teniendo en cuenta los siguientes aspectos generales:
- El régimen de regulación o de libertad.
- El sistema de subsidios, que se otorgan para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas.
- Las reglas relativas a las prácticas tarifarias restrictivas de la libre competencia, y que implican abuso de posición dominante.
- Las reglas relativas a procedimientos, metodologías, formulas, estructuras, estratos, facturación, opciones, valores y, en general, todos los aspectos que determinan el cobro de las tarifas.
Por su parte, en materia tarifaria, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vigila, inspecciona y controla la correcta aplicación de los prestadores del régimen tarifario fijado por la comisión. Para más información consulte el siguiente documento: