Superservicios continúa verificando la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) informa que continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. Así mismo, recuerda que solicitará a los prestadores, de manera individual, la corrección de la información reportada, en caso de requerirse. Esto con el fin de prevenir cobros no autorizados.

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De Interés - 10 de marzo de 2022
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Lo anterior, teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994 estableció dentro de las funciones de la Superservicios la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información - SUI”.
De igual manera, se informa que los reportes en el SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al 3 de marzo del 2020, serán publicados a más tardar el 18 de marzo de 2022. Esto debido a que se publicó para comentarios la modificación de la Resolución SSPD 20211000482115 del 13 de septiembre de 2021, la cual afecta la publicación de las toneladas efectivamente aprovechadas. (Ver publicación del documento en consulta).

Finalmente, la superintendencia amplió el plazo de publicación para garantizar que la información tenga consistencia y calidad, y permita a los prestadores de la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables realizar adecuadamente los cálculos pertinentes.



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