Superservicios continúa vigilando los procesos de compra y venta de energía para garantizar tarifas justas

  • La Superservicios realizó indagaciones frente a un proceso de compra de energía entre Air-e Comercializador y Air-e Generador, que está vigente hasta el 31 de diciembre de este año.
     
  • La entidad presenta los antecedentes de las indagaciones y argumenta que el precio de compra, continúa siendo muy superior al ponderado en Bolsa, lo que afecta las tarifas de los usuarios.
     
  • El pronunciamiento se da tras una nueva reunión entre el Gobierno nacional y los actores del sector para solucionar la problemática por los altos costos del servicio que vive la región Caribe.

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Comunicado 65 - 13 de agosto de 2024
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Reunión entre el Gobierno nacional y los actores del sector para solucionar la problemática por los altos costos del servicio que vive la región Caribe

 

 

Al término de la reunión realizada hoy entre el Ministerio de Minas y Energía, las generadoras, miembros de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y actores del orden nacional y local, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) se pronunció sobre el debate de los altos costos de la energía en bolsa, que han perjudicado especialmente a los usuarios de la región Caribe. Informó que continuará con las indagaciones que permitan esclarecer la legitimidad de los contratos de autocompra de energía a precios significativamente más altos, entre Air-e Comercializador y Air-e Generador.  

A partir de la convocatoria para la compra de energía desarrollada en la plataforma del Sistema Centralizado de Información de Convocatorias Públicas (SICEP), a cargo del operador XM, entre los meses de diciembre de 2023 y febrero de 2024, se adjudicó un contrato de compra de energía entre Air-e Generador y Air-e Comercializador, vigente entre el 01 de marzo y el 31 de diciembre de 2024.

A partir de la entrada en vigencia del contrato, Superservicios realizó una revisión general de las condiciones de la convocatoria, considerando a detalle el procedimiento establecido en la Resolución CREG 130 de 2019, y sus modificaciones. Vale recordar que esta normatividad define los principios, comportamientos y procedimientos que deben cumplir los comercializadores en la celebración de contratos de energía destinados al mercado regulado.

A partir de una serie de requerimientos, esta superintendencia le solicitó a Air-e Comercializador, información detallada respecto a la convocatoria que derivó en la adjudicación de compra de energía con Air-e Generador; orientada a que se sustentaran las razones para la definición del precio de reserva de esta convocatoria y el precio ponderado adjudicado.

De manera adicional, la entidad realizó el requerimiento al administrador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM-XM) para que entregara información de contratos de respaldo e información de Air-e Generador para respaldar sus operaciones en este mercado y conocer a detalle las condiciones que debe cumplir Air-e Generador para ser registrado como agente Generador.

Desde la Superservicios, con el ánimo de velar por un mercado eficiente y garantizar justicia tarifaria, se realizaron cuestionamientos sobre los contratos de respaldo y compromisos contractuales que sustentaron la oferta de energía de Air-e Generador en la convocatoria mencionada.

Frente a la indagación realizada por esta superintendencia, en comunicación del 27 de junio de 2024, XM informó que, a partir de la validación de los procedimientos regulatorios, se tendría como consecuencia inmediata el no registro de contratos bilaterales de largo plazo ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), debido a que Air-e Generador no contaría con la condición de agente generador y por lo anterior no podría realizar el registro de contratos de largo plazo. Como consecuencia, el ASIC debería realizar los ajustes transaccionales y dicho contrato entre Air-e Generador y Air-e Comercializador no sería despachado.

Posteriormente, en comunicación del 12 de julio de 2024, XM informó a esta entidad que elevó la consulta a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), el 04 de julio de 2024. En respuesta, la Comisión estableció que, con base en la consulta realizada por XM, el registro de frontera comercial no es un requisito ante el ASIC para ser agente generador y transar en el MEM; este registro sí es necesario para el cálculo de garantías asociadas a esta frontera.

Frente al concepto detallado, se desvirtúa lo mencionado por XM a partir de la comunicación del 27 de junio y, a partir de lo descrito, la convocatoria y adjudicación del contrato sigue vigente a la fecha.

Ahora bien, se informa que, con base en el desarrollo de las indagaciones realizadas por esta superintendencia, se continua con el despacho del contrato de compra de energía entre Air-e Comercializador y Air-e Generador por un valor promedio ponderado de $689/kWh y una energía de 827.854 MWh-mes.

Si bien, para el mes de diciembre de 2023 el precio promedio ponderado de Bolsa del mes fue de $669/kWh, se esperaba que a partir del mes de abril de 2024 se redujera a partir del previsible fenómeno de La Niña, resultado demostrado que para el mes de julio fue de $291/kWh, muy inferior al valor promedio del contrato.

La Superservicios seguirá realizando acciones de inspección y vigilancia en el marco de sus funciones y realizando recomendaciones regulatorias y de formulación de política pública que garanticen eficiencia del mercado eléctrico y justicia tarifaria para las y los colombianos.



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