- La compañía no reportó oportunamente al Sistema Único de Información (SIU), una conducta que es considerada grave, ya que impidió hacer seguimiento y verificación a su actividad, correspondiente a los años 2019, 2020 y 2021.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios confirmó la multa impuesta a la empresa Centauro S.A. E.S.P., por valor de $50.000.000, al comprobar incumplimientos a la regulación del servicio público domiciliario de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
La compañía, que presta el servicio en el departamento del Meta, no reportó oportunamente al Sistema Único de Información (SIU) de la Superservicios, que es el sistema oficial del sector de servicios públicos domiciliarios del país que recoge, almacena, procesa y publica información reportada por parte de las empresas prestadoras y entidades territoriales; la información sobre la prestación del servicio, una conducta que es considerada grave, ya que impidió hacer seguimiento y verificación a su actividad, correspondiente a los años 2019, 2020 y 2021.
En particular, se encontró que no realizó el reporte oportuno de la información de costos y gastos, técnica, operativa, comercial, de interrupciones del servicio programadas, la aplicación de la fórmula tarifaria al gas combustible por redes y las reclamaciones del servicio de GLP, incumpliendo la debida respuesta a los usuarios que las interpusieron a través de derechos de petición.
Asimismo, se encontró probado que Centauro Gas S.A. no respondió oportunamente los requerimientos de información realizados por la Superintendencia el 7 de mayo y el 3 junio de 2021.
La sanción fue confirmada mediante la Resolución SSPD No. 20242400400115 del 29 de julio de 2024, por medio de la cual se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa. La decisión se encuentra en firme.