- La empresa Chilco Distribuidora de Gas y Energía transportaba cilindros de GLP de otro distribuidor, práctica prohibida por la regulación del sector.
- La sanción se deriva de una investigación iniciada por la Superintendencia en 2019.La sanción se deriva de una investigación iniciada por la Superintendencia en 2019.
Bogotá, 7 de diciembre de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sancionó a la empresa Chilco Distribuidora de Gas y Energía S.A.S. E.S.P. con multa por $438.901.500, al constatar que transportó cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) pertenecientes a otro distribuidor, en uno de sus vehículos repartidores.
El hecho se presentó el 28 de mayo de 2019 en el municipio de Junín, Cundinamarca y fue denunciado ante la Superservicios por un gremio del sector. En ese momento, en un operativo de la Policía Nacional se incautaron 32 cilindros de GLP.
Al respecto, la Superintendente, Natasha Avendaño García, manifestó: “Los prestadores del servicio público de GLP deben cumplir la obligación de no recibir o tener cilindros de propiedad de otra empresa, conforme lo establece la Resolución 023 de 2008 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Esta práctica irregular pone en riesgo la seguridad de los usuarios y de las personas que intervienen en la cadena de transporte, comercialización y distribución de este combustible. Los prestadores deben cumplir este requisito teniendo en cuenta que cada empresa debe responder por la seguridad, medida y calidad del gas distribuido y por la identificación de los cilindros bajo su marca”.
La Superservicios notificó la sanción mediante Resolución 20202400055755 del 3 de diciembre de 2020. La empresa Chilco se encuentra dentro del término legal para presentar recurso de reposición ante la entidad.